Proyecto Educativo Presentado Por Phillip Arroyo!
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
15 ta. Asamblea 1 ra. Sesión Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 002
8 de marzo de 2006
Presentado por el señor Arroyo Rodríguez
Referido a las Comisiones de Educación Superior, Ciencia y Cultura; y de Educación Elemental, Secundaria y Asuntos de la Juventud
LEY
Para crear la Reforma Educativa Bilingüe en el Departamento de Educación, adscrita al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, disponer sobre su organización, funcionamiento, y deberes; y para asignar los fondos requeridos para su funcionamiento y posterior continuación.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El aprendizaje y adquisición del ingles son elementos cruciales para asegurar un mejor porvenir para cualquier profesional en su trabajo ya sea en la empresa privada o en el gobierno; además de ser instrumento facilitador en obtener mejores empleos y permitir que Puerto Rico pueda competir equitativamente en la época de globalización en que vivimos como sociedad. Ha sido comprobado mundialmente que el ingles es el idioma comercial por excelencia, ya es hora que se le provea a nuestra juventud una educación bilingüe genuina y precisa para así producir los futuros profesionales puertorriqueños que llevaran a nuestra isla hacia un mejor por venir.
A tenor con lo anterior es imperativo que nuestra juventud esté mas expuesta al idioma ingles a una temprana edad, entiéndase los grados primarios de kinder a sexto grado para así fortalecer la base lingüística en este idioma a una temprana edad. Es reconocido científicamente según la teoría educativa conocido como “Etapa Critica”, que la adquisición de un lenguaje es mas efectivo durante las edades tempranas del ser humano.
Finalmente, es imperativo que se le brinden las herramientas necesarias a los puertorriqueños para aprender idiomas alternos al español. Es necesario desarrollar una cultura bilingüe donde podamos insertarnos adecuadamente en este mundo globalizado y altamente tecnológico.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO
Artículo 1.- Título
Esta Ley se conocerá por el nombre de “Ley de reforma educativa Bilingüe”
Artículo 2.- Se estructurara el currículo de la Reforma Educativa bilingüe.
Se estructura el currículo oficial de la Reforma Educativa Bilingüe para luego implantarse como instrucción oficial del Departamento de Educación. Dicho currículo tendrá como base principal el uso del ingles en la enseñanza de todas las materias básicas de Ingles, Ciencias, Historia, Matemáticas, Estudios Sociales y Educación Física desde kindergarten a sexto grado. La clase de español se reforzara para así mantener fluidez de nuestra lengua materna, que luego se complementara en los hogares de nuestros niños con el uso cotidiano del español.
Desde los grados 7mo a 12mo se implantara un currículo en donde se impartirá todas las materias básicas de español, Ciencias, Historia, Matemáticas, Estudios Sociales y Educación Física en el idioma español, reforzándose la clase de Ingles y dándole énfasis al ingles conversacional para mantener la fluidez del conocimiento lingüístico obtenido en los grados primarios.No mas tarde del 1 de septiembre de cada año escolar, el padre o encargado de cada estudiante de escuela publica elegirá por escrito el currículo que desea para su hijo durante el próximo año escolar, a comenzar el próximo mes de agosto. Deberá elegir entre: a-currículo tradicional (todas las clases en español,excepto la de ingles) b-curriculo bilingue (mitad de las clases en cada unode dos idiomas) c-currículo de inmersión (todas las clases en ingles,excepto la de español) En el año 2006-07, la selección solo podrá ser hecha por padres de estudiantes de 5to y 11mo grado, en el año 2007-08 se añade 4to y 10mo, en el año 2008-09 se añade 3ro y 9no, en el año 2009-10 se añade 2do y 8vo, en el año 2010-11 se añade 1ro y 7mo y en el año 2011-12 se añade K y 6to.
Artículo 3.- Función de la Reforma
La reforma educativa bilingüe tendrá la función principal de ser un ente facilitador para que todos los puertorriqueños puedan aprender inglés mediante la implantación de un currículo bilingüe que debe desarrollar un ser humano integral e integrado, sensible y capaz de comunicarse, tanto en español como en inglés, con fluidez y corrección.
Dicho currículo debe ser flexible y proveer diversidad de experiencias educativas que satisfagan los intereses, capacidades, temperamento y necesidades individuales de los estudiantes. Esto aplicará también a los textos y otros materiales de enseñanza. Además, el Programa de inglés aquí creado deberá diversificarse para capacitar a los estudiantes dentro de un enfoque bilingüe a desarrollar las destrezas de comunicación oral, la escritura creativa y la comprensión, análisis y aplicación de la lectura.
Artículo 4.- Incentivos Salariales
Se faculta la necesidad de proveer un aumento salarial para los maestros que imparten clases en los grados primarios en ingles como también los maestros de ingles de nivel secundario. El rango de dicho salario será no menos de veinte y cuatro mil (24,000) dólares anualmente. De esta manera se lograra atraer más estudiantes universitarios a interesarse a formalizar sus estudios universitarios en Educación Bilingüe y finalmente multiplicar la cantidad de maestros de ingles en el Departamento de Educación. Se crea un programa de becas para desarrollar maestros bilingües. A nivel de bachillerato se concede una beca de 3 años, $10,000 por año, con el compromiso de trabajar por lo menos 3 años en el DE. A nivel de maestría se concede una beca de 2 años, $15,000 por año, con el compromiso de trabajar por lo menos 3 años en el DE. Se conceden 300 becas de BA y100 becas de MA por año. Costo por año:06-07 $4.50 MM07-08 $9.00 MM08-09 $12.00 MM Articulo 6. Programa de Maestros Bilingües Temporeros Contratar temporeramente maestros del continente para llenar demanda por maestros bilingües en lo que becamos y entrenamos maestros locales. Su compensación incluiría un salario (un poco superior al normal por ser bilingües), un housing allowance y un transportation allowance (para 3 o 4 round trips a sus hogares) y presume que sean maestros jóvenes, recién graduados, que harían un commitment de dos o tres años. Se presume que ya para el 2011-2012 puede comenzarse un phase out al producirse maestros locales suficientes.
P. del S. 002
8 de marzo de 2006
Presentado por el señor Arroyo Rodríguez
Referido a las Comisiones de Educación Superior, Ciencia y Cultura; y de Educación Elemental, Secundaria y Asuntos de la Juventud
LEY
Para crear la Reforma Educativa Bilingüe en el Departamento de Educación, adscrita al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, disponer sobre su organización, funcionamiento, y deberes; y para asignar los fondos requeridos para su funcionamiento y posterior continuación.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El aprendizaje y adquisición del ingles son elementos cruciales para asegurar un mejor porvenir para cualquier profesional en su trabajo ya sea en la empresa privada o en el gobierno; además de ser instrumento facilitador en obtener mejores empleos y permitir que Puerto Rico pueda competir equitativamente en la época de globalización en que vivimos como sociedad. Ha sido comprobado mundialmente que el ingles es el idioma comercial por excelencia, ya es hora que se le provea a nuestra juventud una educación bilingüe genuina y precisa para así producir los futuros profesionales puertorriqueños que llevaran a nuestra isla hacia un mejor por venir.
A tenor con lo anterior es imperativo que nuestra juventud esté mas expuesta al idioma ingles a una temprana edad, entiéndase los grados primarios de kinder a sexto grado para así fortalecer la base lingüística en este idioma a una temprana edad. Es reconocido científicamente según la teoría educativa conocido como “Etapa Critica”, que la adquisición de un lenguaje es mas efectivo durante las edades tempranas del ser humano.
Finalmente, es imperativo que se le brinden las herramientas necesarias a los puertorriqueños para aprender idiomas alternos al español. Es necesario desarrollar una cultura bilingüe donde podamos insertarnos adecuadamente en este mundo globalizado y altamente tecnológico.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO
Artículo 1.- Título
Esta Ley se conocerá por el nombre de “Ley de reforma educativa Bilingüe”
Artículo 2.- Se estructurara el currículo de la Reforma Educativa bilingüe.
Se estructura el currículo oficial de la Reforma Educativa Bilingüe para luego implantarse como instrucción oficial del Departamento de Educación. Dicho currículo tendrá como base principal el uso del ingles en la enseñanza de todas las materias básicas de Ingles, Ciencias, Historia, Matemáticas, Estudios Sociales y Educación Física desde kindergarten a sexto grado. La clase de español se reforzara para así mantener fluidez de nuestra lengua materna, que luego se complementara en los hogares de nuestros niños con el uso cotidiano del español.
Desde los grados 7mo a 12mo se implantara un currículo en donde se impartirá todas las materias básicas de español, Ciencias, Historia, Matemáticas, Estudios Sociales y Educación Física en el idioma español, reforzándose la clase de Ingles y dándole énfasis al ingles conversacional para mantener la fluidez del conocimiento lingüístico obtenido en los grados primarios.No mas tarde del 1 de septiembre de cada año escolar, el padre o encargado de cada estudiante de escuela publica elegirá por escrito el currículo que desea para su hijo durante el próximo año escolar, a comenzar el próximo mes de agosto. Deberá elegir entre: a-currículo tradicional (todas las clases en español,excepto la de ingles) b-curriculo bilingue (mitad de las clases en cada unode dos idiomas) c-currículo de inmersión (todas las clases en ingles,excepto la de español) En el año 2006-07, la selección solo podrá ser hecha por padres de estudiantes de 5to y 11mo grado, en el año 2007-08 se añade 4to y 10mo, en el año 2008-09 se añade 3ro y 9no, en el año 2009-10 se añade 2do y 8vo, en el año 2010-11 se añade 1ro y 7mo y en el año 2011-12 se añade K y 6to.
Artículo 3.- Función de la Reforma
La reforma educativa bilingüe tendrá la función principal de ser un ente facilitador para que todos los puertorriqueños puedan aprender inglés mediante la implantación de un currículo bilingüe que debe desarrollar un ser humano integral e integrado, sensible y capaz de comunicarse, tanto en español como en inglés, con fluidez y corrección.
Dicho currículo debe ser flexible y proveer diversidad de experiencias educativas que satisfagan los intereses, capacidades, temperamento y necesidades individuales de los estudiantes. Esto aplicará también a los textos y otros materiales de enseñanza. Además, el Programa de inglés aquí creado deberá diversificarse para capacitar a los estudiantes dentro de un enfoque bilingüe a desarrollar las destrezas de comunicación oral, la escritura creativa y la comprensión, análisis y aplicación de la lectura.
Artículo 4.- Incentivos Salariales
Se faculta la necesidad de proveer un aumento salarial para los maestros que imparten clases en los grados primarios en ingles como también los maestros de ingles de nivel secundario. El rango de dicho salario será no menos de veinte y cuatro mil (24,000) dólares anualmente. De esta manera se lograra atraer más estudiantes universitarios a interesarse a formalizar sus estudios universitarios en Educación Bilingüe y finalmente multiplicar la cantidad de maestros de ingles en el Departamento de Educación. Se crea un programa de becas para desarrollar maestros bilingües. A nivel de bachillerato se concede una beca de 3 años, $10,000 por año, con el compromiso de trabajar por lo menos 3 años en el DE. A nivel de maestría se concede una beca de 2 años, $15,000 por año, con el compromiso de trabajar por lo menos 3 años en el DE. Se conceden 300 becas de BA y100 becas de MA por año. Costo por año:06-07 $4.50 MM07-08 $9.00 MM08-09 $12.00 MM Articulo 6. Programa de Maestros Bilingües Temporeros Contratar temporeramente maestros del continente para llenar demanda por maestros bilingües en lo que becamos y entrenamos maestros locales. Su compensación incluiría un salario (un poco superior al normal por ser bilingües), un housing allowance y un transportation allowance (para 3 o 4 round trips a sus hogares) y presume que sean maestros jóvenes, recién graduados, que harían un commitment de dos o tres años. Se presume que ya para el 2011-2012 puede comenzarse un phase out al producirse maestros locales suficientes.
Artículo 7. Fondo Especial
Por la presente se crea un Fondo Especial en la que ingresarán los recursos económicos aquí asignados. Además, en dicho Fondo ingresarán aquellas recaudaciones provenientes de donaciones y otras partidas consignadas mediante legislación especial.
Artículo 8.- Asignación presupuestariaSe asignan los siguientes fondos por año para laImplantación de esta ley: 2006-07 $25.0 MM2007-08 $52.02008-09 $81.02009-10 $112.02010-11 $145.02011-12 $180.02012-13 $186.0
Artículo 9.- Vigencia Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
1 Comments:
Finally somebody hit the nail on the head.
Language its basically 50% of all the problems in Puerto Rico. Politicians and educators should move in the direction of "a Total Bilingual Society" were the English language could be spoken indistinctively with the Spanish language.
But the only way to achieve this goal is with total inmersion of English in the classroom in all subjects exactly as it is now in many private schools.
It is not only for schools. Puerto Rico residents should use the English language in their daily lives by writting checks "in English" by pressing the English bottom in all automatic vending machines including the ATMs.
And asking every musician if they have at least on song in the English language to perform for you.
The struggle for a real Bilingual Society in Puerto Rico should not be limited to the classroom. We need to do our best, to do our duty to promote a bilinguism by using English any day, at any time at any place we please.
Let's give them something to talk about to the enemies of the English language. The more they will complain the more efective we will be.
Jose Julio Diaz
Bilingual Society of PR USA Inc.
JJDiaz@usa.com
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