Recomendaciones del Task Force (Spanish version)
RECOMENDACIONES DEL GRUPO DE TRABAJO
El Grupo de Trabajo reconoce que, bajo la Constitución de los EstadosUnidos, la autoridad para establecer un status permanente y no territorialpara el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reside en el Congreso.A pesar de que el presente status territorial podría continuar en tanto y encuanto el Congreso lo desee, sólo hay dos opciones no territoriales reconocidas por la Constitución de los Estados Unidos que establecen un status permanente entre el Pueblo de Puerto Rico y el Gobierno de losEstados Unidos.
* Una es la estadidad. Bajo esta opción, Puerto Rico se convertiría en elEstado 51, en igualdad de condiciones con los otros 50 Estados.
* La otra es la independencia. Bajo esta opción, Puerto Rico se convertiríaen una nación separada, independiente y soberana.
La voluntad democrática del pueblo puertorriqueño es de vital importancia para el status futuro de este territorio. Idealmente, el proceso debería comenzar con una expresión del pueblo de Puerto Rico sobre si desea mantener su presente status territorial o si desea establecer un status no territorial permanente con relación a los Estados Unidos. La voluntad popular del pueblo debe constatarse de manera tal que provea una orientación clara para acciones futuras del Congreso. Por lo tanto, las recomendaciones del Grupo de Trabajo son las siguientes:
1. El Grupo de Trabajo recomienda que el Congreso, dentro de un año,disponga para un plebiscito autorizado por el gobierno federal, en el cual se le preguntará al pueblo de Puerto Rico que se exprese en cuanto a si voluntad del Congreso o si desea seguir una ruta constitucionalmente viablehacia un status permanente y no territorial con los Estados Unidos. El Congreso deberá disponer para que se celebre este plebiscito en una fecha certera.
2. El Grupo de Trabajo recomienda que si el pueblo de Puerto Rico escoge encaminarse hacia un status no territorial permanente, el Congreso deberá disponer para que se celebre un plebiscito adicional y permitirle así al pueblo de Puerto Rico escoger entre una de las dos opciones de status no territoriales permanente. Una vez el pueblo haya seleccionado una de las dos opciones, se exhortará al Congreso a comenzar un proceso de transición hacia esa opción.
3. Si el pueblo elige permanecer como territorio, el Grupo de Trabajo recomienda, cónsono con el memorando del Presidente Bush de 1992, que se celebre un plebiscito periódicamente, mientras tal status continúe, para mantener al Congreso informado de los deseos del pueblo.
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