viernes, octubre 13, 2006

AAV deberá pagar al Municipio de San Juan

AAV deberá pagar al Municipio de San Juan
Por: Obed Betancourt EL VOCERO


El juez Oscar Dávila Suliveres expidió un ‘mandamus’ mediante el cual se obliga al gobernador Aníbal Acevedo que solicite en el presupuesto anual los fondos que el Municipio de San Juan (MSJ) necesita para dar mantenimiento a las propiedades que la Capital recibió por transferencia del Gobierno central.
El MSJ recibió 245 propiedades del Gobierno estatal en el 2003, pero luego de una partida inicial de $2.5 millones el Gobierno central no volvió a asignarle los fondos requeridos por ley para el mantenimiento de las mismas, lo que ha tenido un impacto negativo sobre las finanzas y el presupuesto municipal.
El alcalde del Municipio, Jorge Santini, señaló que el Gobierno central intentaba "ahogarlo" con esas deudas y radicó un ‘mandamus’ para que el Gobernador y el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) cumplieran con la Ley 120 de 2001, que establece como política pública hacer asignaciones recurrentes del presupuesto del ELA a los municipios para mantener las instalaciones transferidas por el Estado.
El abogado del Municipio, Eric Ronda, había argumentado que "es deber específico del Gobernador administrar, asignar y distribuir el presupuesto de la Rama Ejecutiva del Gobierno y tiene el deber de hacer aquellas asignaciones requeridas por la política pública que surge de las leyes vigentes.
El deber ministerial de asignar los fondos es del Gobernador. Hay una Ley, la 120 de Municipalización de Instalaciones Recreativas y Deportivas Comunitarias, que crea una política pública de traspaso de titularidad y mantenimiento de algunos parques e inmuebles que eran de Recreación y Deportes a distintos municipios".
Los parques pasivos, la mayoría en urbanizaciones, fueron traspasados al MSJ entre el 2002 y el 2003."Se ordena al Gobierno del Estado Libre Asociado que cuantifique y solicite de la Asamblea Legislativa en la próxima petición presupuestaria anual del Departamento de Recreación y Deportes los fondos recurrentes y necesarios específicos para cumplir con la Ley 120 de 2001 y en particular con el aquí demandante, Municipio de San Juan", reza la orden de ‘mandamus’ expedida por Dávila Suliveres.
"La obligación del Gobierno de solicitar estos fondos es para cada petición presupuestaria del presupuesto del Departamento de Recreación y Deportes. De esta forma se atiende y cumple con la referida ley, considerando que la política pública que se creó por la Asamblea Legislativa fue por el período de 10 años", concluye el Juez de la sala 907 de Recursos Extraordinarios del Tribunal de Primera Instancia de San Juan.


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